2 añosProrrogas extraordinarias de hasta en alquiler de vivienda habitual
21%IVA al en pisos turísticos para desincentivar su expansión
2026Real decreto-ley previsto para julio de

Qué cambia

El Ejecutivo ha previsto aprobar en el transcurso de julio de 2026 un real decreto-ley que recupera las prorrogas extraordinarias en contratos de alquiler de vivienda habitual, según informa Fotocasa (30 de junio de 2026). Estas prorrogas, que podrán extender los contratos hasta dos años adicionales, modificarán sustancialmente el equilibrio de derechos entre propietarios e inquilinos en el régimen de arrendamiento residencial.

Simultáneamente, el Consejo de Ministros ha acordado incrementar la fiscalidad de los pisos turísticos al elevar su IVA a 21%, equiparándolo al de una actividad económica comercial estándar. Esta medida, comunicada el 29 de junio de 2026, busca desincentivar la conversión masiva de vivienda residual en oferta turística de corta duración, una tendencia que ha tenido impacto en ciudades tensionadas.

La regulación nacional establecerá además un tope máximo en el alquiler de habitaciones: la suma de los precios individuales por cuarto no podrá superar bajo ningún concepto la renta máxima estipulada para la vivienda completa en cada zona, según establece el Ministerio de Vivienda (30 de junio de 2026). Esta disposición cierra una brecha regulatoria que permitía sumar rentas de habitaciones por encima del límite fijado para el inmueble integro.

Alquiler: prorrogas de 2 años y IVA del 21% en turísticos
📷 Tassilirosmar · Wikimedia Commons (CC BY-SA 3.0 es)

A quién afecta

Los inquilinos de vivienda habitual serán los principales beneficiarios de la recuperación de las prorrogas extraordinarias. Propietarios que habían contado con la limitación a tres años de contrato más una prórroga anual obligatoria verán ahora extendida la posibilidad de que sus arrendatarios permanezcan en el inmueble hasta cuatro años más, lo que supone mayor incertidumbre sobre el retorno de su activo inmobiliario.

Los inversores y pequeños propietarios con portfolios turísticos afrontarán una compresión de márgenes. El incremento del IVA del 10% actual al 21% representa una carga fiscal que trasladará directamente a los precios, reduciendo competitividad en mercados donde la intermediación turística ha generado rendimientos superiores al alquiler residencial tradicional.

Los operadores de vivienda compartida (coliving) y compartimentada experimentarán una regulación más restrictiva. La prohibición de sumar rentas de habitaciones por encima del techo de la vivienda completa elimina un modelo de negocio que había permitido alquileres fragmentados muy superiores a la media local. Afecta especialmente a zonas de demanda universitaria y de jóvenes profesionales.

Plazos y fechas clave

Julio de 2026: El Consejo de Ministros ha presupuestado la aprobación del real decreto-ley con las tres medidas (prorrogas, IVA turístico y tope de habitaciones). Fotocasa confirmó el 30 de junio la intención de tramitación inminente.

Entrada en vigor: Aunque no se ha confirmado, los reales decretos-leyes entran típicamente en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, aunque pueden incluir disposiciones transitorias para contratos vigentes.

Afectación a contratos existentes: Las prorrogas extraordinarias se aplicarán presumiblemente a nuevas contrataciones y renovaciones. Los contratos anteriormente suscritos bajo normativa anterior podrían gozar de derechos adquiridos, aspecto que aclarará el texto normativo definitivo.

Cómo actuar

Propietarios de vivienda habitual: Si consideran poner en alquiler en los próximos meses, conviene cerrar contratos antes de la entrada en vigor para evitar las nuevas prorrogas. Revisar pólizas de responsabilidad civil y seguros de alquiler, que pueden precisar ajustes ante mayor duración de la relación contractual.

Propietarios de pisos turísticos: Valorar la rentabilidad con la nueva carga fiscal. Un IVA al 21% sobre viviendas turísticas (estimadas en alrededor del 10-12% del parque residencial en ciudades tensionadas) puede hacer que algunos activos pierdan atractivo. Revisar modelos de negocio y considerar vueltas a alquiler residencial de media-larga duración si márgenes lo permiten.

Inquilinos: Los que tengan contratos próximos a vencer podrán beneficiarse de las nuevas prorrogas. Documentar el estado de la vivienda y cumplir puntualmente rentas incrementará la probabilidad de que el propietario opte por la prórroga en lugar de buscar nuevo inquilino.

Inversores de vivienda compartida: Revisar urgentemente carteras de coliving y compartimentos. La regulación del tope por habitaciones puede derivar en revaluaciones a la baja y erosión de yields. Considerar reposicionamiento hacia alquiler tradicional o gestión directa para diferenciarse.

Vigilar a partir de ahora

La aprobación del real decreto-ley en julio cristalizará tres cambios estructurales en el mercado de alquiler español. Las prorrogas extraordinarias benefician a inquilinos pero generan desincentivos a nuevas inversiones residenciales, un riesgo a medio plazo. El IVA turístico puede acelerar la conversión de pisos turísticos a residencial en mercados saturados, aliviando tensión en algunas ciudades. El tope de habitaciones cerrará un modelo de negocio especulativo pero legítimo, que algunas plataformas de coliving —particularmente en Madrid y Barcelona— han monetizado agresivamente. El impacto real dependerá de cómo se regulen las disposiciones transitorias y si el Gobierno introduce ayudas a propietarios para mantener vivienda en el mercado residencial largo plazo.

Cualquier cambio en estos plazos o en la configuración definitiva de la normativa será determinante para la liquidez y revalorización del parque de alquiler español durante el resto de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigor el nuevo decreto de alquileres de 2026?

El Consejo de Ministros ha presupuestado su aprobación para julio de 2026 según Fotocasa (30 de junio). Típicamente los reales decretos-leyes entran en vigor al día siguiente de publicación en el BOE, aunque pueden incluir disposiciones transitorias para contratos vigentes.

¿Cómo afecta el IVA del 21% a los pisos turísticos?

Equipara la fiscalidad de alojamientos turísticos a una actividad económica comercial estándar, lo que comprime márgenes de explotación. Desde junio, el Consejo de Ministros aprobó esta subida fiscal como medida desincentivadora de la conversión de vivienda residencial.

¿Qué es el tope de rentas en habitaciones compartidas?

Según el Ministerio de Vivienda (30 de junio), la suma de precios de alquiler por cuarto no podrá superar la renta máxima fijada para la vivienda completa. Esta medida cierra un modelo especulativo de coliving que permitía fragmentar rentas por encima del límite regulado.

¿Quiénes se benefician más de estas nuevas normas?

Los inquilinos de vivienda habitual ganan seguridad jurídica con prorrogas de hasta 2 años. Propietarios de pisos turísticos y operadores de coliving enfrentarán compresión de márgenes y menor rentabilidad tras la fiscalidad y regulación de habitaciones.

Fuentes: Fotocasa (30/06/2026) · Consejo de Ministros (29/06/2026) · Ministerio de Vivienda (30/06/2026)